Trámites

Acceso a los servicios de OSPECA

Para acceder a las prestaciones o realizar trámites vinculados con tu cobertura, debés presentar tu credencial y tu DNI. La credencial es personal e intransferible y te permite acceder a los prestadores de OSPECA en las zonas del territorio nacional donde la obra social tiene cobertura.

Información y orientación
Atención telefónica permanente

ATENCIÓN AMBULATORIA La atención médica ambulatoria se realiza en Policonsultorios y en los prestadores de cartilla habilitados para ese fin. En un todo de acuerdo con las normas vigentes y el PMO (Programa Médico Obligatorio) son cubiertas diversas especialidades médicas y se realizan exámenes complementarios de diagnóstico de baja complejidad. Recuerde que, para cualquier tipo de atención o trámite, debe concurrir o tener a mano en caso de comunicación telefónica, la credencial, el último recibo de sueldo y el Documento de Identidad.

Prácticas y exámenes complementarios de diagnóstico

Las solicitudes de estudios complementarios de Diagnóstico y Tratamiento deben ser efectuados por profesionales relacionados con OSPECA. Los pedidos de médicos de sanatorios contratados serán evaluados previamente por Auditoria Médica. Carecen de validez las órdenes emitidas por médicos e instituciones que no pertenezcan a esta cartilla médica. Los pedidos de estudios médicos tienen una validez de 30 días desde su prescripción y la autorización. La cobertura que se brinda a los afiliados comprende la totalidad de lo explicitado en el PMO (Programa Médico Obligatorio).

Para consultar por otras prestaciones o prácticas, acercate a la sede social o comunicate por estos medios:

Teléfonos
WhatsApp
Correos electrónicos
Afiliación y credenciales

Para acceder a las prestaciones o realizar trámites vinculados con tu cobertura, presentá tu credencial y tu DNI. La credencial es personal e intransferible y permite acceder a los prestadores de OSPECA en las zonas donde la obra social tiene cobertura.

Credencial virtual

Solicitá tu credencial virtual por estos medios:

Teléfono
WhatsApp
Inscripción en la obra social

La inscripción es un requisito para recibir los servicios de OSPECA. Las credenciales se tramitan en los Centros de Atención al Afiliado o por correo electrónico.

Sede central

DirecciónValle 1281
C.A.B.A.

  • Lunes a viernes de 10 a 18 h.
Afiliaciones

Para realizar el trámite, presentá la siguiente documentación:

  • Fotocopia del último recibo de sueldo.
  • Fotocopia del DNI del titular.
  • Fotocopias de los documentos de los familiares a cargo.
  • Certificados que acrediten el parentesco.
  • Certificado CODEM de ANSES.
  • Solicitud de afiliación completa.

Se entregará una credencial provisoria de forma inmediata. Luego será reemplazada por la definitiva.

La Obra Social a puesto en practica la ejecución del Decreto N° 297/20—RES. 282/2020 brindando telemedicina a todos sus afiliados. Asimismo la RES 281/2020 con respecto a la emisión de recetas digital y su validación por medios electrónicos ( WhatsApp —mails, etc.)

Acceso a las prestaciones

Para acceder a los prestadores contratados por OSPECA, presentá tu credencial y tu DNI. No se requiere presentar bonos ni chequeras.

Datos de la receta
  • Nombre y apellido del beneficiario.
  • Número de credencial de OSPECA.
  • Firma y sello del médico tratante.
  • Fecha de emisión.
Indicaciones según corresponda
  • Tratamiento prolongado.
  • Plan Materno Infantil (PMI).
  • Programa para diabéticos.
  • Plan oncológico.
  • Diagnóstico.

Revisá la receta para evitar inconvenientes al retirar los medicamentos. El farmacéutico rechazará las recetas incompletas o con enmiendas, raspaduras o agregados que no estén salvados por el médico.

Recetas electrónicas

La prescripción de medicamentos se puede realizar en recetas electrónicas o digitales y se las puede firmar con firmas manuscritas, electrónicas o digitales en todo el territorio nacional. Se pueden usar plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y la ley 26.529 de Derechos del Paciente.

Esta ley se aplica a las recetas o prescripciones médicas, odontológicas o de otros profesionales facultados a prescribir recetas en los ámbitos de asistencia sanitaria y de atención farmacéutica.

Cualquier farmacia, servicios de farmacia de los establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales.

Seguirá vigente la receta médica electrónica o digital, a través de nuestras redes WhatsApp
(11) 3181-5676
mail :
info@ospeca.org.ar,
autorizaciones@ospeca.org.ar
y otras plataformas de registro médico que tengan la funcionalidad de emitir recetas electrónicas, pertenecientes a prestadores de la red de la Obra Social.

Recetas en papel

Ya no serán válidas las recetas en papel enviadas como imágenes vía WhatsApp, correos electrónicos o web para ser presentadas en farmacias con vigencia 26/12/2022.

Por lo que se vuelve a la modalidad que regía antes de la Pandemia en la que eran válidas las recetas en papel con la firma física de puño y letra del médico .

Pacientes con tratamientos crónicos o prolongados

Para el caso de pacientes con condiciones crónicas o tratamientos prolongados ya en curso, podrán utilizarse las recetas enviadas como imágenes por WhatsApp o correo electrónico hasta el 28 de febrero de 2023

Trámites online

Solicitá la autorización de prestaciones asistenciales y medicamentos por estos medios:

WhatsApp
Correos electrónicos

Podés adjuntar imágenes de las órdenes médicas o prescripciones. Deberás contar con la receta original al realizar la prestación o retirar la medicación en la farmacia.

Para recibir asesoramiento, comunicate con:

Línea gratuita
Teléfonos de la sede
Autorización previa

Las internaciones clínicas o quirúrgicas requieren autorización previa. Para otras prácticas, consultá con el Centro de Atención al Beneficiario. En todos los casos, la solicitud debe ser evaluada por Auditoría Médica antes de su aprobación.

Podés gestionar la autorización por estos medios o personalmente en la sede social, de lunes a viernes de 10 a 18 h.

Teléfonos
WhatsApp
Autorizaciones
Centros de atención y orientación
Sede central de OSPECA

DirecciónValle 1281
C.A.B.A.

Ayuda Médica
SOCDUS

OSPECA Cubre además de las prácticas mencionadas en el Nomenclador Nacional de prestaciones medicas y las contemplada en el programa Medico Obligatorio (P. M. O.) una amplísima gama de prestaciones No Nomencladas .Las mismas podrán ser solicitadas por profesionales médicos pertenecientes a nuestra cartilla.

Usted puede elegir cualquier prestador de la cartilla vigente. Como nuestra cartilla es abierto puede solicitar turnos directamente con el prestador que Ud. Elija. Los profesionales y las instituciones cuentan con un sistema de planillas o de verificación `por medio telefónico o consultando al padrón de afiliados, que la O. S. PE. C. A

Tipos de atención
  • Emergencia: atención especializada y rápida ante situaciones que implican riesgo de vida.
  • Urgencia: atención de procesos que no implican riesgo de vida, pero necesitan asistencia médica rápida. En estos casos se dispone de más tiempo para llegar, tratar o derivar al paciente.
Visita médica domiciliaria

Este servicio está destinado a afiliados que no pueden trasladarse al consultorio y no necesitan atención urgente.

Consulta médica

Para solicitar un turno, llamá a los teléfonos del consultorio o de la institución de la cartilla y acordá un horario. Si no podés concurrir, cancelalo con anticipación.

Consulta médica a domicilio

Podés solicitar atención domiciliaria cuando una afección impida el traslado al consultorio. Comunicate con el servicio de urgencias y emergencias de tu zona. Esta prestación requiere el pago de un coseguro a cargo del afiliado.

Sede central de OSPECA

DirecciónValle 1281
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Teléfonos

Sitio web y correos
Superintendencia de Servicios de Salud

Órgano de control

DirecciónBartolomé Mitre 434

Actualización y renovación trimestral
Sistema Único de Reintegros

La Obra Social del Personal del Caucho (OSPECA) pone de manifiesto con respecto al Sistema único de Reintegros (SUR) que brindara cobertura bajo la resolución 400/2016 cumplimentando la cobertura emanada respectivamente

Información de opción de cambio

Ahora la opción de cambio la gestionas directamente vos en MI SSSALUD desde el sitio web. www.sssalud.gob.ar/misssalud/ Sin intermediarios, sin necesidad de trasladarte. Simple, ágil y transparente. MI SSSALUD es nuestro nuevo portal orientado a la interacción de la SSSalud con los beneficiarios del sistema. Un nuevo canal de comunicación que se suma a nuestras otras vías de atención virtual y telefónica. Tener en cuenta que no podrán realizar la opción de cambio:

  • · Las personas que hayan extinguido su relación laboral.
  • · Los trabajadores cuya retribución mensual sea inferior a dos bases mínimas jubilatorias
  • · Los trabajadores se encuentren en licencia por maternidad y/o en situación de excedencia
  • · El personal de dirección o fuera de convenio (se gestionan ante ANSES)
  • · Los Jubilados y/o Pensionados (se gestionan ante ANSES) El Personal de Fuerzas Armadas, de Seguridad, del Servicio Penitenciario, del Poder Judicial, del Poder Legislativo, de Obras Sociales Provinciales o cualquier beneficiario que pertenezca a obras sociales que no integren el Sistema Nacional de Obras Sociales.
Realizar Opción de cambio de Obra Social

Este trámite permite a los beneficiarios titulares ejercer el derecho de opción de cambio entre las distintas Obras Sociales Nacionales. Mediante este trámite, las personas que sean beneficiarios titulares de una Obra Social Nacional pueden realizar opciones de cambio entre las distintas Obras Sociales Nacionales inscriptas, según el régimen al que pertenece, acorde al procedimiento establecido en la Resolución N.º 1216/2020 - SSSALUD . La opción de cambio se puede ejercer solo una vez al año durante todo el año calendario (cada 365 días).

Los afiliados que hubieren cambiado de Obra Social deberán permanecer como mínimo un (1) año en ella y, vencido ese plazo, podrán volver a ejercer esa opción. aparece en el mail de confirmación para finalizar la solicitud. Tenes 48 hs para confirmar tu trámite para que tu opción de cambio sea

NUEVO PROCEDIMIENTO DE OPCIÓN DE CAMBIO Res. 1216/2020
¿A quién está dirigido?

A las personas en relación de dependencia que sean beneficiarios de las Obras Sociales Nacionales registradas en la Superintendencia de Servicios de Salud.

¿Qué necesito?

Necesitás:

  • Clave fiscal de nivel 3. Podés obtenerla en AFIP.
  • Tus datos personales: nombre y apellido, DNI, CUIL/CUIT, domicilio y correo electrónico.
  • Conocer la obra social de destino y consultar si se encuentra registrada.
¿Cómo hago?

Ingresá a Mi SSSalud con tu usuario de AFIP y clave fiscal de nivel 3. Si es tu primera vez, seguí los pasos del Instructivo de Opción de Cambio.

  1. Entrá en «Opción de cambio de Obra Social» y seleccioná «Nueva Opción».
  2. Completá el formulario con tus datos personales.
  3. Hacé clic en «Elección de Obra Social» y seleccioná la obra social elegida.
  4. Presioná «Aceptar». El número de trámite aparecerá en el recuadro verde superior.
  5. Revisá los datos y presioná «Confirmar». Recibirás un correo electrónico.
  6. Abrí el correo e ingresá en «Confirmar trámite» para completar la solicitud. Si no la confirmás, será desestimada.

La pantalla emergente y el correo de ratificación mostrarán el número de trámite y la fecha de inicio de la opción. Una vez confirmada, comunicate con la obra social elegida para conocer el procedimiento de afiliación y acceder a las prestaciones cuando comience la cobertura.

Muy importante

Para efectuar cualquier consulta, aclarar cualquier duda o inquietud, estamos a su disposición en nuestra Sede Social, de lunes a viernes de 10 a 18 hs.

Valle 1281—Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Teléfonos de contacto
Sitio web y correos
A) Registro de pacientes diabéticos

OSPECA confeccionará un registro para controlar las necesidades, los suministros y la evolución de los pacientes con diabetes. El registro contendrá la información que Auditoría Médica considere necesaria.

Para la inscripción, los beneficiarios deberán presentar:

  • Ficha con los datos filiatorios.
  • Resumen e historia clínica con diagnóstico, firmados por el médico tratante.
  • Plan terapéutico para tres meses, elaborado y firmado por el mismo profesional.
  • Otros elementos que solicite Auditoría Médica.

La información deberá actualizarse cuando lo solicite OSPECA o cambie el plan terapéutico. La obra social confeccionará un legajo con la documentación de cada paciente.

B) Suministro de medicamentos y accesorios

OSPECA suministrará la medicación, el material descartable y los accesorios del programa a través de las farmacias contratadas. Para acceder a la cobertura, presentá:

  • 1. Credencial de la obra social.
  • 2. Documento de identidad.
  • 3. Receta médica autorizada por OSPECA.

Al recibir los elementos, firmá la conformidad al dorso de la receta y tachá los ítems que no te hayan entregado.

Aclarar la firma y el número de documento.

C) Receta

La receta deberá emitirse en un recetario con membrete de un servicio médico asistencial contratado por OSPECA o de un profesional perteneciente a sus servicios.

La receta debe contener:

  • Apellido y nombres del paciente.
  • Número de credencial de la obra social.
  • Detalle de los medicamentos y accesorios.
  • Período, en días o meses, cubierto por los elementos prescriptos.
  • Leyenda «PRONADIA» o «Programa de Diabetes».
  • Fecha de emisión.
  • Firma y sello del profesional tratante, con especialidad y matrícula.

Las recetas deben estar firmadas exclusivamente por especialistas en diabetes o en nutrición y diabetes. Solo deben incluir medicamentos, material descartable y accesorios de este plan. Cualquier otro elemento debe prescribirse en una receta separada.

OSPECA informará las normas del plan a sus prestadores y beneficiarios. El interesado deberá verificar que la receta esté correctamente confeccionada y obtener la autorización de la obra social antes de retirar los elementos.

Las recetas que no cumplan estas condiciones recibirán la cobertura del régimen general de cobertura farmacológica.

D) Autorizaciones

Para acceder a la cobertura del programa, debés obtener la autorización de OSPECA en la receta. Podés solicitarla personalmente o por correo electrónico al Centro de Autorizaciones, en sus días y horarios de atención.

Presentá la receta confeccionada según los requisitos indicados, dentro de los cinco días de su emisión.

Indicá el número de registro asignado. El Centro de Autorizaciones verificará que los elementos solicitados coincidan con la información del paciente, el plan terapéutico y los elementos ya suministrados. Si la verificación es correcta, emitirá la autorización.

Auditoría Médica podrá solicitar un informe del médico tratante cuando los elementos solicitados, o su cantidad acumulada, se aparten sustancialmente del plan terapéutico.

En una emergencia debidamente justificada, fuera del horario del Centro de Autorizaciones, el beneficiario podrá adquirir los elementos prescriptos y luego solicitar el reintegro de los importes abonados.

Las recetas autorizadas tienen una validez de cinco días corridos desde la autorización. Las recetas que no cumplan las normas o no tengan autorización recibirán la cobertura del régimen general.

Recordá

Consultá con tu médico y realizá los controles correspondientes si:

  • Tenés antecedentes familiares de diabetes.
  • Sos una persona adulta con sobrepeso.
  • Notás una pérdida de peso sin causa aparente.

Es posible tener diabetes y no saberlo.

Tu opinión nos interesa

La obra social y los prestadores cumplen funciones diferentes: los prestadores son terceros contratados para brindar atención, y OSPECA es la institución que sostenemos entre todos. Tus reclamos y sugerencias nos ayudan a mejorar los servicios.

Si recibís una atención inadecuada o un prestador rechaza prácticas o estudios por su costo, informanos. OSPECA paga por la atención de sus beneficiarios y necesita conocer las situaciones en las que no se cumplen los acuerdos o se cobran servicios que no se brindan.

La administración de la obra social no puede conocer por experiencia propia la atención de cada prestador. Por eso, necesitamos que nos cuentes lo que ocurre.

Podés presentar un reclamo si:

  • Recibís una atención inadecuada.
  • Te asignan turnos con demoras excesivas.
  • Te niegan estudios o medios de diagnóstico.
  • Tu tratamiento se interrumpe.
  • No recibís un trato considerado y una atención eficiente.

También nos interesa saber cuándo estás conforme con la atención y qué prestadores considerás importante mantener. Escuchamos tus experiencias para evaluar los servicios y actuar en consecuencia. La obra social la hacemos entre todos: tu opinión ayuda a cuidar el destino de nuestros aportes.

Contanos tu experiencia por teléfono. También agradecemos que presentes tu caso por escrito para poder solicitar una solución.

Reclamos y sugerencias

Cabe señalar que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, ha implementado mediante la resolución 075/98, un sistema de reclamos por el cual los beneficiarios han de plantear a los agentes del seguro de salud los inconvenientes que tengan en la obtención de las coberturas correspondientes.

A tal fin el beneficiario planteará su problema ante su Obra Social o ante la Superintendencia, mediante la confección del formulario de PRESENTACION DE RECLAMOS, los mismos están disponibles en el área de atención al beneficiario, de la Obra Social, la que deberá dar respuesta a lo planteado dentro de los plazos establecidos. La Superintendencia de Servicios de Salud a puesto a disposición de todos los afiliados de Obras Sociales los siguientes medios de comunicación :

Superintendencia de Servicios de Salud

Órgano de control

DirecciónBartolomé Mitre 434

Desde ya, agradecemos su colaboración. La Comisión Directiva